REQUISITOS DE TITULACIÓN ACADÉMICA
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REQUISITOS DE TITULACIÓN ACADÉMICA

INGRESO CON TITULACIÓN UNIVERSITARIA

Ingreso directo con exigencia de titulación universitaria previa:

Las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, que determine la convocatoria, relacionados en la Orden DEF/462/2022, de 25 de mayo. Modificado Orden DEF/463/2023. Enlace a la orden

CUERPOS GENERALES. OFICIALES

  • Cuerpos Generales de los Ejércitos de Tierra y del Aire:
    • Cualquier  título universitario oficial de Grado en Ingeniería y Arquitectura.
    • Los títulos universitarios oficiales de grado de la rama de Ciencias, vinculados con las matemáticas, la física y la química y de la rama de Ciencia Sociales y Jurídicas vinculados con la Administración y Dirección de Empresas que se relacionan en el cuadro  del anexo I.a) de la orden  DEF/462/202. Modificado Orden DEF/463/2023.
  • Cuerpo General de la Armada:
    • Cualquiera de los títulos universitarios de grado vinculados con la Ingeniería Industrial, Naval, Aeronáutica y de Telecomunicación y con las titulaciones profesionales de la marina mercante que se relacionan en el cuadro  del anexo I.b) de la orden  DEF/462/202. Modificado Orden DEF/463/2023.
  • Cuerpo de Infantería de Marina:
    • Cualquiera de los títulos universitarios oficiales de grado vinculados con la Ingeniería Industrial, Naval, Aeronáutica y de Telecomunicación,
    • Titulos universiarios oficiales de Grado de la rama de Ciencias vinculadas con las Matemáticas, la Física y la Química, y de la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas vinculadas con la Administración y Dirección de Empresas que se relacionan en el cuadro del anexo del anexo I.c) de la orden  DEF/462/202. Modificado Orden DEF/463/2023.
    • Cuerpo General del Ejército del Aire del Espacio:
      • Especialidad Fundamental Vuelo y Especialidad Fundamental Defensa y Control Aeroespacial. 
      • Cualquier  título universitario oficial de Grado en Ingeniería y Arquitectura.
      • Los títulos universitarios oficiales de grado de la rama de Ciencias, vinculados con las matemáticas, la física y la química y de la rama de Ciencia Sociales y Jurídicas vinculados con la Administración y Dirección de Empresas que se relacionan en el anexo I.d.) i. de la Orden DEF/462/2022. Modificado Orden DEF/463/2023.
      • Especialidad Fundamental Ciberespacio. 
      • Cualquier  título universitario oficial de Grado en Ingeniería y Arquitectura, vinculados con las Ingenierías de Telecomunicaciones y de Informática.
      • Los títulos universitarios oficiales de grado de la rama de Ciencias, vinculados con las matemáticas,  que se relacionan en el anexo I.d.) ii. de la Orden DEF/462/2022. Modificado Orden DEF/463/2023.

CUERPOS DE INGENIEROS, INTENDENCIA, SANIDAD, JURÍDICO, INVERVENCIÓN Y MÚSICA MILITAR

  • Cuerpos de Ingenieros de la Armada y de los Ejércitos de Tierra y del Aire (listado cuadros del anexo III de la orden  DEF/462/202. Modificado Orden DEF/463/2023.
    • Escala de oficiales: los títulos de Ingeniero, Arquitecto o los títulos de máster que habiliten para sus mismas competencias, que se especifiquen en la convocatoria para cada cuerpo y especialidad. En el Cuerpo de Igenieros Politécnicos del ET también los títulos de ingeniero técnico o grado universitario en ingeniería que se determinan en el anexo III)
    • Escala técnica: los títulos de ingeniero técnico, o grados universitarios en ingeniería que se especifiquen en la convocatoria para cada cuerpo y especialidad.
  • Cuerpo de Intervención Militar: los títulos universitarios oficiales de Grado de la rama de conocimiento de Ciencias Sociales y Jurídicas vinculados con la economía, la empresa y el derecho que se citan en el cuadro del anexo IV  de la orden DEF/462/202. Modificado Orden DEF/463/2023.
  • Cuerpos de Intendencia de la Armada y de los Ejércitos de Tierra y del Aire: los títulos universitarios oficiales de Grado de la rama de conocimiento de Ciencias Sociales y Jurídicas vinculados con la economía, la empresa y el derecho que se citan en el cuadro 1 del anexo II de la ORDEN DEF/462/2022. Modificado Orden DEF/463/2023.
  • Cuerpo Jurídico Militar: licenciatura o de grado universitario en Derecho
  • Cuerpo de Sanidad Militar: licenciaturas o grados universitario que habiliten para las respectivas profesiones
    • Medicina
    • Odontología
    • Enfermería
    • Farmacia
    • Veterinaria
    • Psicología
  • Cuerpo de Músicas Militares: Título superior de música.

 

Ingreso directo con exigencia de título de Técnico Superior previo

CUERPOS GENERALES. SUBOFICIALES

  • Estar en posesión de uno de los títulos de Técnico superior que especifique la convocatoria.