REQUISITOS DE TITULACIÓN ACADÉMICA

INGRESO CON TITULACIÓN UNIVERSITARIA

REQUISITOS DE TITULACIÓN ACADÉMICA

Ingreso directo con exigencia de titulación universitaria previa:

Las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, que determine la convocatoria, relacionados en la Orden DEF/462/2022, de 25 de mayo. Modificado Orden DEF/463/2023. Enlace a la orden

CUERPOS GENERALES. OFICIALES

  • Cuerpos Generales de los Ejércitos de Tierra y del Aire:
    • Cualquier  título universitario oficial de Grado en Ingeniería y Arquitectura.
    • Los títulos universitarios oficiales de grado de la rama de Ciencias, vinculados con las matemáticas, la física y la química y de la rama de Ciencia Sociales y Jurídicas vinculados con la Administración y Dirección de Empresas que se relacionan en el cuadro  del anexo I.a) de la orden  DEF/462/202. Modificado Orden DEF/463/2023.
  • Cuerpo General de la Armada:
    • Cualquiera de los títulos universitarios de grado vinculados con la Ingeniería Industrial, Naval, Aeronáutica y de Telecomunicación y con las titulaciones profesionales de la marina mercante que se relacionan en el cuadro  del anexo I.b) de la orden  DEF/462/202. Modificado Orden DEF/463/2023.
  • Cuerpo de Infantería de Marina:
    • Cualquiera de los títulos universitarios oficiales de grado vinculados con la Ingeniería Industrial, Naval, Aeronáutica y de Telecomunicación,
    • Titulos universiarios oficiales de Grado de la rama de Ciencias vinculadas con las Matemáticas, la Física y la Química, y de la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas vinculadas con la Administración y Dirección de Empresas que se relacionan en el cuadro del anexo del anexo I.c) de la orden  DEF/462/202. Modificado Orden DEF/463/2023.
    • Cuerpo General del Ejército del Aire del Espacio:
      • Especialidad Fundamental Vuelo y Especialidad Fundamental Defensa y Control Aeroespacial. 
      • Cualquier  título universitario oficial de Grado en Ingeniería y Arquitectura.
      • Los títulos universitarios oficiales de grado de la rama de Ciencias, vinculados con las matemáticas, la física y la química y de la rama de Ciencia Sociales y Jurídicas vinculados con la Administración y Dirección de Empresas que se relacionan en el anexo I.d.) i. de la Orden DEF/462/2022. Modificado Orden DEF/463/2023.
      • Especialidad Fundamental Ciberespacio. 
      • Cualquier  título universitario oficial de Grado en Ingeniería y Arquitectura, vinculados con las Ingenierías de Telecomunicaciones y de Informática.
      • Los títulos universitarios oficiales de grado de la rama de Ciencias, vinculados con las matemáticas,  que se relacionan en el anexo I.d.) ii. de la Orden DEF/462/2022. Modificado Orden DEF/463/2023.

CUERPOS DE INGENIEROS, INTENDENCIA, SANIDAD, JURÍDICO, INVERVENCIÓN Y MÚSICA MILITAR

  • Cuerpos de Ingenieros de la Armada y de los Ejércitos de Tierra y del Aire (listado cuadros del anexo III de la orden  DEF/462/202. Modificado Orden DEF/463/2023.
    • Escala de oficiales: los títulos de Ingeniero, Arquitecto o los títulos de máster que habiliten para sus mismas competencias, que se especifiquen en la convocatoria para cada cuerpo y especialidad. En el Cuerpo de Igenieros Politécnicos del ET también los títulos de ingeniero técnico o grado universitario en ingeniería que se determinan en el anexo III)
    • Escala técnica: los títulos de ingeniero técnico, o grados universitarios en ingeniería que se especifiquen en la convocatoria para cada cuerpo y especialidad.
  • Cuerpo de Intervención Militar: los títulos universitarios oficiales de Grado de la rama de conocimiento de Ciencias Sociales y Jurídicas vinculados con la economía, la empresa y el derecho que se citan en el cuadro del anexo IV  de la orden DEF/462/202. Modificado Orden DEF/463/2023.
  • Cuerpos de Intendencia de la Armada y de los Ejércitos de Tierra y del Aire: los títulos universitarios oficiales de Grado de la rama de conocimiento de Ciencias Sociales y Jurídicas vinculados con la economía, la empresa y el derecho que se citan en el cuadro 1 del anexo II de la ORDEN DEF/462/2022. Modificado Orden DEF/463/2023.
  • Cuerpo Jurídico Militar: licenciatura o de grado universitario en Derecho
  • Cuerpo de Sanidad Militar: licenciaturas o grados universitario que habiliten para las respectivas profesiones
    • Medicina
    • Odontología
    • Enfermería
    • Farmacia
    • Veterinaria
    • Psicología
  • Cuerpo de Músicas Militares: Título superior de música.

Ingreso directo con exigencia de título de Técnico Superior previo

CUERPOS GENERALES. SUBOFICIALES

Estar en posesión de uno de los títulos de Técnico superior que especifique la convocatoria.

academiaproa
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.