Escalas de oficiales de los Cuerpos Generales e Infantería de Marina
- Ingreso por promoción sin exigencia de titulación universitaria previa: La requerida para la admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado:
- Tener superada la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) o Prueba de Evaluación de Acceso a la Universidad (EvAU)
- Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
- Poseer alguno de los títulos de técnico superior que permitan el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado. Los Suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina tienen titulación equivalente al título de técnico superior de formación profesional.
- Ingreso por promoción con exigencia de titulación universitaria previa: Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional:Las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, que determine la convocatoria.
- Cuerpo General del Ejércitos de Tierra:
- Cualquier título universitario oficial de Grado en Ingeniería y Arquitectura.
- Los títulos universitarios oficiales de grado de la rama de Ciencias, vinculados con las matemáticas, la física y la química y de la rama de Ciencia Sociales y Jurídicas vinculados con la Administración y Dirección de Empresas que se relacionan en el anexo I.a) de la Orden DEF/462/2022, modificada por ordenes DEF/436/2023.
- Cuerpo General de la Armada:
- Cualquiera de los títulos universitarios de grado vinculados con la Ingeniería Industrial, Naval, Aeronáutica y de Telecomunicación y con las titulaciones profesionales de la marina mercante, así como los inscritos en la rama de Ciencias vinculados con las Matemáticas, la Física y la Química se relacionan en el anexo I.b) de la Orden DEF/462/2022, modificada por ordenes DEF/436/2023.
- Cuerpo de Infantería de Marina:
- Cualquiera de los títulos universitarios oficiales de grado vinculados con la Ingeniería Industrial, Naval, Aeronáutica y de Telecomunicación,
- Titulos universiarios oficiales de Grado de la rama de Ciencias vinculadas con las Matemáticas, la Física y la Química, y de la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas vinculadas con la Administración y Dirección de Empresas que se relacionan en el anexo I.c.) de la Orden DEF/462/2022, modificada por ordenes DEF/436/2023.
- Cuerpo General del Ejército del Aire del Espacio:
- Especialidad Fundamental Vuelo y Especialidad Fundamental Defensa y Control Aeroespacial.
- Cualquier título universitario oficial de Grado en Ingeniería y Arquitectura.
- Los títulos universitarios oficiales de grado de la rama de Ciencias, vinculados con las matemáticas, la física y la química y de la rama de Ciencia Sociales y Jurídicas vinculados con la Administración y Dirección de Empresas que se relacionan en el anexo I.d.) i. de la Orden DEF/462/2022, modificada por ordenes DEF/436/2023.
- Especialidad Fundamental Ciberespacio.
- Cualquier título universitario oficial de Grado en Ingeniería y Arquitectura, vinculados con las Ingenierías de Telecomunicaciones y de Informática.
- Los títulos universitarios oficiales de grado de la rama de Ciencias, vinculados con las matemáticas, que se relacionan en el anexo I.d.) ii. de la Orden DEF/462/2022, modificada por ordenes DEF/436/2023.
- Cuerpo General del Ejércitos de Tierra:
- No son válidos para el ingreso con título universitario en los Cuerpos Generales los títulos de arquitectura técnica, ingeniería técnica o diplomaturas.